Zona Especial Canaria
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La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen fiscal especial incluido en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Contempla, entre otras ventajas, un gravamen reducido del 4% de Impuesto sobre Sociedades, la exención de dividendos, intereses y ganancias derivadas de la enajenación de acciones, o la no sujeción a IVA y exención en el IGIC. Su ámbito de aplicación se extiende a todo el archipiélago canario sujeto a requisitos de creación de empleo e inscripción en un registro especial con anterioridad.
Zona Especial Canaria | ||
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Localización | ||
País | España España | |
Información general | ||
Sigla | ZEC | |
Tipo | Organismo supervisor[1] | |
Organización | ||
Presidente | Pablo Hernández González-Barreda (Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria) | |
Empleados | 26 (diciembre de 2021)[2] | |
Presupuesto | 2.918.000 (2023)[3] | |
Historia | ||
Fundación | Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias | |
www.canariaszec.gob.es/ | ||
La finalidad de la Zona Especial Canaria es promover el desarrollo económico y social del Canarias y diversificar su estructura productiva, atendiendo a las peculiaridades económicas de las islas derivadas de su carácter insular y ultraperiférico. La ZEC encuentra fundamento en las particularidades económicas y sociales de Canarias, que resultan en una mayor tasa de desempleo, un menor PIB per cápita, mayores costes empresariales y una dependencia del sector turístico, recogidas legalmente en la disposición adicional tercera de la Constitución Española y el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Está gestionado por el Consorcio de la Zona Especial Canaria, organismo público adscrito al Ministerio de Hacienda, administrado por la Presidencia del organismo y un Consejo Rector formado por expertos nombrados por el Gobierno de España y el Gobierno de Canarias. Entre sus competencias se encuentra promover la Zona Especial Canaria y atraer inversión, la supervisión y el control de las actividades de las entidades inscritas en la Zona Especial Canaria y el cumplimiento de sus requisitos; emitir cuantos informes le sean solicitados en relación con sus competencias; emitir las instrucciones necesarias en relación con sus competencias; o elevar propuestas al Gobierno de España, la ministra de Hacienda y el Gobierno de Canarias sobre medidas o disposiciones relacionadas con dicha Zona que estime necesarias.[4]