Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia sobre la reelección presidencial en El Salvador
habilitación de la reelección presidencial consecutiva no inmediata en El Salvador / De Wikipedia, la enciclopedia encyclopedia
La sentencia sobre la reelección presidencial salvadoreña[nota 1] (título del caso: Pérdida de derechos de ciudadanía 1-2021) fue un fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador publicado el 3 de septiembre de 2021 que puso fin a un proceso de pérdida de derechos de ciudadanía iniciado el 22 de marzo de ese mismo por el abogado Salvador Enrique Anaya contra la política Nancy Marichel Díaz de Martínez, entonces candidata a diputada de Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA) en las elecciones legislativas de 2021, por «apoyar y promover de manera pública mediante declaraciones en un medio de comunicación la reelección del actual presidente de la República», Nayib Bukele, lo que, según el demandante, está prohibido en el artículo 75 ordinal 4.º de la Constitución de la República.
Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia sobre la reelección presidencial en El Salvador | ||
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Materia | derecho constitucional | |
Tribunal | Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador | |
Caso | Pérdida de derechos de ciudadanía 1-2021 | |
Fecha | 22 de marzo de 2021 | |
Sentencia | 3 de septiembre de 2021 | |
Transcripción | Texto completo | |
Jueces |
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Palabras clave | ||
derechos civiles y políticos, derecho electoral, reelección presidencial | ||
Juicio en primera instancia | ||
Causa | El demandante aduce que la acusada incurrió en la causal de pérdida de los derechos de ciudadanía establecida en el art. 75 ord. 4.º de la Constitución, por el hecho de apoyar y promover de manera pública mediante declaraciones en un medio de comunicación la reelección del actual presidente de la República | |
Procedimiento | Proceso de pérdida de derechos de ciudadanía (arts. 174 y 182 ord. 7.º de la Constitución) | |
Sentencia | Sobreseimiento, porque los argumentos del demandante «carece[n] de fundamento objetivo suficiente». El Tribunal Supremo Electoral deberá «permitir que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el período inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión». | |
En el fallo la Sala consideró «erradas» las interpretaciones del artículo 152 en la Inconstitucionalidad 163-2013, del 25 de junio de 2014, que la que se dispone los impedimentos para ser presidente de la República —porque el interesado debería esperar diez años para presentarse nuevamente a una elección presidencial—, de manera que la Sala de lo Constitucional vio justificado un cambio de precedente.[2][3][4] Aparte del sobreseimiento de la demandada —a causa de una indebida interpretación de las normas constitucionales—, el tribunal constitucional ordenó extra petita al Tribunal Supremo Electoral (TSE) «dar cumplimiento a la presente resolución en lo relacionado a permitir de conformidad con el artículo 152 ordinal 1.° que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el período inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión». El fallo recibió condenas de actores políticos nacionales e internacionales.[5][6][7][8][9] La Sala de lo Constitucional 2021-2027 fue elegida por la Asamblea Legistiva que destituyó y sustituyó a los magistrados propietarios y suplentes anteriores y el fiscal general de la República al acusarles de «actuar en contra de la Constitución».[10][11]
El 15 de septiembre de 2022, Bukele anunció su intención de participar como candidato en las elecciones presidenciales de 2024.[12][13][14] Junto a su compañero de fórmula, el vicepresidente Félix Ulloa, presentó la documentación para su inscripción ante el TSE el 26 de octubre de 2023,[15] la cual fue admitida y legalizada el 3 de noviembre con cuatro votos a favor y una abstención;[16] los últimos recursos de recusación e impugnación fueron desestimados el 23 de noviembre.[16] La Asamblea Legislativa aprobó el 30 de noviembre una licencia de la función pública para Bukele y Ulloa, con vigencia del 1 de diciembre hasta el 31 de mayo de 2024, con las que podrán participar en la elección presidencial de 2024;[17] también nombró designada la Presidencia a Claudia Rodríguez de Guevara.[18][19][20]
La sentencia tuvo un considerable impacto en el orden político salvadoreño, de fuerte sentimiento antirreeleccionista desde la creación del Estado salvadoreño. En febrero de 2024, Bukele se convirtió en el primer mandatario en ochenta años en ser reelegido y que cumplirá más de un período presidencial desde la dictadura del general de brigada Maximiliano Hernández Martínez (1931-1934 y 1935-1944),.[21][22] aunque este último lo hizo de manera autoritaria sin elecciones libres y democráticas en 1939 y 1944.[23] Además, es el primero desde Elías Antonio Saca (2004-2009) que buscó un segundo mandato.[24] Ha sido comparado por sus detractores con Juan Orlando Hernández (2014-2022) en Honduras y Daniel Ortega (2007-presente) en Nicaragua, cuyas reelecciones son cuestionadas como irregulares o «ilegítimas».[25][26]