Patronato (derecho)
órgano colegiado de gobierno y representación de una fundación / De Wikipedia, la enciclopedia encyclopedia
Un patronato, en España, es el órgano colegiado de gobierno y representación de una fundación. Corresponde al patronato cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio de la fundación, manteniendo el rendimiento y utilidad de los mismos.[1][2] Los miembros del patronato se denominan patronos.