Patria potestad compartida
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Patria potestad compartida es el nombre de la institución jurídica que reconoce la igualdad de hombres y mujeres en el régimen de patria potestad, en aquellos países occidentales que adoptaron ese régimen para regular las relaciones entre padres e hijos. Tradicionalmente en Occidente, el poder de tomar decisiones sobre los hijos menores ha sido un atributo del padre, constituyendo uno de los pilares del patriarcado.. Desde el siglo XIX, el movimiento feminista incluyó en sus principales reclamos la derogación de las leyes que imponían la supremacía del hombre sobre la mujer, en la toma de decisiones sobre los hijos.[1] En los países que establecieron regímenes de patria potestad, ese reclamo fue conocido como "patria potestad compartida" o "patria potestad conjunta".
Desde fines del siglo XX, existe una tendencia a abandonar el régimen de patria potestad, para establecer regímenes de "responsabilidad parental" igualitaria (denominados en inglés con la expresión "shared parenting"), sujetos al principio de interés superior del niño o niña y a su derecho de mantener relaciones estrechas con su madre y su padre.[2]