Ministerios de República Dominicana
De Wikipedia, la enciclopedia encyclopedia
Los Ministerios de la República Dominicana, de acuerdo a la Constitución dominicana, son los encargados del despacho de los asuntos de gobierno. Son creados por una ley, que además especifica sus atribuciones. Cada Ministerio está presidido por un ministro y cuenta con los viceministros que se consideren necesarios para el despacho de sus asuntos. Los ministros y viceministros son designados por el Presidente de la República. Los ministros integran el Gabinete del Gobierno.
Ministerios de la República Dominicana | ||
---|---|---|
| ||
Información general | ||
Jurisdicción | República Dominicana República Dominicana | |
Tipo | Poder ejecutivo | |
Sistema | República presidencialista | |
Organización | ||
Presidente | Luis Abinader | |
Vicepresidenta | Raquel Peña | |
Ministro de la Presidencia | Joel Santos | |
Composición | Véase Gabinete de Luis Abinader | |
Depende de | Presidente de la República Dominicana | |
Historia | ||
Fundación | 1844 | |
Sitio web oficial | ||
Los requisitos para ser ministro o viceministro de la República Dominicana son: ser dominicana o dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y haber cumplido la edad de veinticinco años. Las personas naturalizadas solo pueden ser ministros o viceministros diez años después de haber adquirido la nacionalidad dominicana. Asimismo, los ministros y viceministros no pueden ejercer ninguna actividad profesional o mercantil que pudiere generar conflictos de intereses.[1]