Leyes de Indias
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Las Leyes de Indias son la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular la vida social, civil, política y económica de los territorios americanos y asiáticos pertenecientes al Imperio español.[1][2]
Leyes de Indias | ||
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Recopilación de las Leyes de los Reynos de las Indias | ||
Grabado que ilustra la portada de la Obra | ||
Extensión teritorial | Reinos de Indias | |
Historia | ||
Aprobación | 1 | |
Legislación derogada | ||
Fundamentalmente, son la recopilación de las Leyes de Burgos y las Leyes Nuevas, las cuales trataban de otorgar derechos a los indígenas frente a los abusos que se estuviesen cometiendo.[3] Así como constituir un gran ‘corpus iuridicus’’ por el que se fijaron los reglamentos para las fiestas y otras actividades culturales, junto a los intercambios comerciales y otras actividades económicas, además de pautas sobre la tributación (los impuestos) y el ejercicio de los cargos públicos (como la administración) y lo relativo a las normas de convivencia para las relaciones entre las personas de las Indias. A diferencia de otros Imperios coloniales de la época, la monarquía española mostraba un profundo celo por instaurar una base legal a sus dominios de Ultramar.[4]
Según los Juicio de residencia, la condena por incurrir en ilegalidades o errores con respecto a las leyes de protección de la población indígena (y en general, para la buena administración de las Indias y sus habitantes), invalidaba al funcionado (incluido los virreyes) el poder progresar en la administración española.[5]
La recopilación fue impresa en 6 ocasiones, todas en Madrid: 1681, 1756, 1774, 1791, 1841 y 1889. Estando compuesto de 9 Libros (sin nombre, únicamente la enumeración), 218 títulos (que señalan la materia a la que se refieren las ordenanzas y leyes contenidas) y 6377 leyes.[6] Además de ser constituyentes de la Novísima Recopilación de las Leyes de España de 1805. En estas se le dio gran importancia jurídica al Derecho consuetudinario americano, tanto de origen criollo como indígena. En cuanto al derecho indígena, se terminó ordenando que se mantenga las leyes y costumbres indígenas que no estuvieran en contradicción con la religión ni a las leyes vigentes en la Corona de Castilla, e incluso las complementaran.[4]