Unión civil en Argentina
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La unión civil es en Argentina una institución aprobada por las autoridades locales de algunos distritos mediante la cual se le reconocen determinados efectos jurídicos a partir de su inscripción en un registro a la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual que hayan convivido en una relación de afectividad estable y pública durante al menos dos años.
Si bien la institución se concibió pensando fundamentalmente en las parejas del mismo sexo, constituye también una opción válida para parejas heterosexuales.
En el sistema legal de Argentina la dictación del Código Civil y de la demás leyes de fondo es facultad del Congreso Nacional, por lo cual los beneficios que pueden otorgar las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son limitados y de alcance solamente local.
Además de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen ley de unión civil, la provincia de Río Negro y las ciudades de Villa Carlos Paz[1] y de Río Cuarto en la provincia de Córdoba.
Dados sus alcances muy limitados no se debe confundir la unión civil tal como actualmente está legislada en el país con la institución del matrimonio entre personas del mismo sexo que fue establecida a mediados de 2010.