Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña
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El Consejo de Garantías Estatutarias es la más alta institución jurídico-consultiva de la Generalidad de Cataluña. De acuerdo con el Estatuto de autonomía (art. 76),[1] le corresponde velar por que las leyes del Parlamento y las normas con fuerza de ley del Gobierno de Cataluña se adecuen al Estatuto y a la Constitución. Asimismo, ha de dictaminar, con carácter previo y preceptivo, la leyes y normas que las instituciones de la Generalidad y las locales pretendan recurrir ante el Tribunal Constitucional mediante los recursos de inconstitucionalidad, los conflictos de competencia y los conflictos en defensa de la autonomía local. El Consejo ejerce su función mediante la emisión de dictámenes jurídicos preceptivos y no vinculantes, a solicitud del Parlamento, el Gobierno catalán, el Síndic de Greuges[2] o las instituciones locales.También desarrolla un papel de especial tutela de los derechos estatutarios, en los términos del artículo 38.1 del Estatuto. El Consejo dispone de autonomía orgánica, funcional y presupuestaria, como garantía de su independencia.
Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña | ||
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Tipo | órgano consultivo | |
Fundación | 2009 | |
Sede central | Palau Centelles (España) | |
Presidente | Joan Vintró i Castells | |
Sitio web | www.cge.cat | |
El Consejo de Garantías Estatutarias se constituyó el 24 de noviembre de 2009 y sucede, con funciones más amplias, al extinto Consejo Consultivo (1980-2009).[3]