Anexo:Edificios sede de las Diputaciones provinciales de España
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Este artículo recoge en forma de tabla/lista, los edificios sede de las Diputaciones provinciales de España. Tras la división provincial de 1833, en 1836 fueron establecidas oficialmentelas diputaciones provinciales con el fin de ejercer el gobierno y la administración autónoma de cada una de las entonces 49 provincias. Se instalaron provisionalmente en ese momento en edificios propiedad o en uso del estado, en casas consistoriales e incluso en catedrales y conventos. Fueron poco a poco trasladándose a nuevos edificios acondicionados o construidos expresamente para albergarlas, siendo muchos de ellos construidos en estilos historicistas propios de la arquitectura oficial y expresión del poder político.
Existen diputaciones provinciales en las comunidades de Galicia, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía. País Vasco y Navarra cuentan con diputaciones forales, mientras que en Canarias y Baleares son los cabildos y consejos insulares los que ejercen funciones similares a las de las diputaciones en cada una de las islas. Las comunidades autónomas uniprovinciales —Asturias, Cantabria, Comunidad de Madrid, Murcia y La Rioja— no tienen diputaciones provinciales porque al tener una sola provincia sus funciones ya son realizadas por los parlamentos autonómicos y sus respectivos gobiernos. Se recogen sus antiguas sedes, ya que la intención de este artículo es recoger todos los edificios que albergaron tal uso.